Ayudas y subvencionesAyudas a proyectos de servicios avanzados de telecomunicación de interés común para las pyme (Artepyme II)Por: Oficina de Apoyo para la Sociedad de la Información Inicio convocatoria: 23/02/2001 Final convocatoria: 30/06/2006 Objeto del proyecto: Consultoría y asesoramiento externo TIC y Sociedad de la Información Acciones subvencionables: Ayudas para la realización de proyectos de servicios avanzados de telecomunicación de interés común para las pymes: 1. asesoramiento técnico-económico para conocer la viabilidad de los servicios. 2. promoción del uso de los servicios de telecomunicación. 3. implantación y potenciación de centros de servicios avanzados de telecomunicación. 4. realización de experiencias piloto de duración y ámbito reducido. Cuantía de la ayuda: Subvención a fondo perdido PORCENTAJE INVERSIÓN MÁXIMO: 60,00 % IMPORTE INVERSIÓN MÁXIMO: 100.000,00 Gastos subvencionables:Serán subvencionables: Para el caso 1: realización de análisis, estudios y asesoramiento técnico-económico para conocer la viabilidad de los servicios. Para el caso 2: realización de exposiciones, seminarios, demostraciones, elaboración y distribución de materiales de divulgación y entretenimiento de gestores y usuarios. Para el caso 3: desarrollo y adquisición de aplicaciones, programas, y productos telemáticos y equipamiento del centro de comunicaciones del Centro y medios de acceso. Información adicional: BENEFICIARIOS: organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica o agrupaciones de interés económico de empresas. RESTRICCIONES: sólo serán subvencionables las actividades cuyo gasto se haya comprometido en fecha posterior a la solicitud y anterior a la de fin del proyecto. Los bienes subvencionados deben destinarse a los objetivos del proyecto. El promotor del proyecto debe aportar, al menos, el 40% de los costes elegibles del proyecto. COMPATIBILIDAD: Estas ayudas están sujetas a la norma comunitaria de mínimis (Máx.: 100.000€ por beneficiarios en tres años) y será compatible con otras siempre que la cuantía de la ayuda no supere, aisladamente o en concurrencia, el 60% del coste de la actividad. NOTA INTERNA: las subvenciones podrán tener carácter plurianual. La cuantía máxima de mínimis es aplicable a los asociados, no al proyecto de la asociación (consulta telefónica al organismo 22/02/2001). Localización del proyecto: España Localización del beneficiario: España Condiciones de pago: Para que se proceda al pago será requisito imprescindible que el beneficiario, en un plazo de 20 días naturales a partir de la fecha de finalización fijada en la concesión, justifique la actividad. Los beneficiarios deberán acreditar, antes del cobro, que se encuentran al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. |
• Dirección: Plaza de Cibeles s/n • Ciudad: Madrid • Código postal: 28071 • Teléfono: 91 346 25 84 • Fax: 91 457 80 66 • Web: http://www.setsi.mcyt.es/ |
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