Ayudas y subvencionesCapital de riesgo para la innovación tecnológicaConozca una de las fuentes para la innovación que la Unión Europea aporta bajo el modelo de fondos de capital de riesgo, especialmente interesantes para proyectos que han de demostrar viabilidad. Por: Almudena Sánchez Escrich Responsable de Documentación Econet Financiación de la innovación tecnológica en la Unión EuropeaUna de las fuentes de financiación de la innovación en la Unión Europea son los fondos de capital riesgo que, junto a los fondos de capital semilla, pueden cubrir inversiones en tecnología en las etapas de constitución de la empresa y es apropiada en los casos de proyectos que estén en una fase en la que un prototipo o una planta piloto puede ser desarrollada para demostrar su viabilidad. No obstante, los fondos de capital riesgo suelen concentrarse en operaciones de más de 500.000 euros, según indica la Dirección General de Empresa de la Unión Europea en su web de financiación de la innovación (http://www.cordis.lu/finance/home.html). Según la Asociación Europea de Capital Riesgo, estos fondos tienen especial interés en empresas que se están poniendo en marcha y empresas que están menos maduras y pueden estar especializados, según el momento de desarrollo de la empresa en el que intervienen: Capital semilla. En esta etapa, los fondos proporcionan financiación a la investigación, la inversión y el desarrollo de un concepto inicial antes de que la empresa llegue a la fase de puesta en marcha. Financiación de la puesta en marcha. Se destina al desarrollo de producto y la comercialización inicial para empresas deben estar en proceso de constitución o deben estar constituidas hace poco tiempo, pero habiendo vendido ya su producto comercialmente. Financiación de la expansión o el desarrollo. Se proporciona para el crecimiento y expansión de empresas que comercialmente no dan pérdidas o son rentables. Esta financiación se puede usar para financiar el incremento de la capacidad de producción, el desarrollo de productos o mercados y/o para obtener capital circulante adicional. Capital de reemplazo, consistente en la compra de participaciones de otro inversor o la reducción del apalancamiento mediante la refinanciación de la deuda. Para facilitar el acceso a los fondos de capital riesgo de las pymes tecnológicamente innovadoras en estas primeras etapas, la Comisión Europea puso en marcha, en julio de 1997, el proyecto piloto I-TEC en el marco del Programa de Innovación-Empresa y lo implementó con ayuda del Fondo Europeo de Inversiones. En el año 2002, la red I-TEC reunía a 28 inversores de capital riesgo interesados en proyectos de empresas con un alto grado de innovación en tecnología y con un alto potencial de crecimiento y creación de empleo. Otras fuentes a través de las que se puede acceder a fondos de capital riesgo son la anteriormente mencionada Asociación Europea de Capital Riesgo y el portal de la Iniciativa Gate 2 Growth “Acceso a la Financiación”. Por otra parte, en el contexto de los organismos oficiales de la Unión Europea, tanto el Banco Europeo de Inversiones (BEI) como el Fondo Europeo de Inversiones (FEI) cuentan con fondos propios para conceder financiación a fondos de capital riesgo de este tipo y con fondos de la Comisión Europea que se distribuyen a través de dos programas: el Plan de ayuda inicial del MET y la acción de financiación siembra. Ambos forman parte del Programa plurianual para la pyme (2001-2005) que fue aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2000. El Plan de ayuda inicial del MET invierte en fondos de capital riesgo tales como fondos de capital siembra, incubadoras de empresas, fondos pequeños o establecidos recientemente, fondos de ámbito regional, fondos especializados en industrias o tecnologías específicas y fondos que financien la explotación de los resultados del I+D. El objetivo de inversión del este plan es conseguir una posición minoritaria en el capital del fondo de entre el 10 y el 25% del total, con una cantidad máxima de 10 millones de euros para cada fondo o hasta 15 millones de euros en casos justificados. Además, los fondos en los que participe este plan de ayuda deberán ser capaces de mantener una gestión profesional, hacer un número suficiente de inversiones, estar en posición de dar seguimiento a la financiación y reunir un capital de, al menos, 10 millones de euros. Las pymes innovadoras dispuestas a beneficiarse del Plan de ayuda inicial del MET deberán ponerse en contacto directamente con los intermediarios financieros que ha seleccionado el Fondo Europeo de Inversiones. En cuanto a la acción de financiación siembra, es una acción complementaria de la ayuda inicial del MET que apoya a fondos de capital siembra y viveros de empresas en los que ya participa el FEI. El apoyo que presta está dirigido a la contratación a largo plazo de gestores de inversión adicionales para aumentar el número de personal cualificado y reforzar la capacidad del sector del capital riesgo y los viveros de atender a las necesidades de inversión en financiación de siembra. El apoyo de este mecanismo se presta en forma de una subvención destinada a cubrir parte de los costes derivados de estas actividades de contratación, siendo la cantidad máxima de ayuda de 100.000 euros por cada contratación y se podrán contratar hasta un máximo de tres personas. Financiación de la innovación en EspañaUn papel equivalente al de estos instrumentos se cubre en España a través de la Iniciativa Neotec, que prevé la financiación de fondos de capital riesgo en una de sus fases. La Iniciativa Neotec fue puesta en marcha por el antiguo Ministerio de Ciencia y Tecnología y por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), con el objetivo de apoyar la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica en España. En su fase de capital riesgo, esta iniciativa pretende alentar a las entidades de Capital Riesgo a que inviertan en las fases iniciales de las nuevas empresas tecnológicas. De hecho, se incentivará su participación en aquellas empresas, cuyo contenido tecnológico y viabilidad empresarial hayan sido evaluados positivamente por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de ayudas reembolsables. Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 50% de la participación en la empresa tecnológica correspondiente, a tipo de interés cero y tendrán un plazo de amortización máximo de 7 años. Las entidades de capital riesgo que deseen solicitar estas ayudas deberán estar inscritas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y supervisadas por el Banco de España. En la misma línea, las ayudas para la capitalización de empresas de base tecnológica facilitan préstamos a determinadas entidades financieras para que participen temporalmente en el capital de empresas tecnológicas no financieras que comiencen su actividad o que lleven menos de dos años de funcionamiento. En este caso, la participación de la entidad inversora en la empresa de base tecnológica no podrá exceder de 500.000 euros, excepto en las regiones a las que se refiere el art. 87.3 (apartados a y c del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, en cuyo caso este límite se elevará a 1.000.000 de euros y 750.000 euros, respectivamente. Los préstamos se concederán a interés cero, sin avales ni garantías adicionales a la viabilidad del proyecto, con un plazo máximo de amortización de siete años y con un límite del 50% de la participación de las entidades inversoras en la empresa de base tecnológica. |