Ayudas y subvenciones


Fondos estructurales y la sociedad de la información

Los fondos estructurales para el impulso hacia la integración económica de las regiones, son uno de los instrumentos a tener en cuenta a la hora de conocer el mundo de los repartos económicos de este tipo de ayudas

Almudena Sánchez Escrich, Responsable del Área de Documentación de Econet

¿Qué son los fondos estructurales?

Los fondos estructurales son instrumentos de solidaridad de la política regional que la Unión Europea utiliza para conseguir la integración económica de sus regiones, de forma que las regiones más desfavorecidas se desarrollen hasta llegar al nivel medio del resto de las regiones.

Los fondos estructurales son:

El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

El Fondo Social Europeo (FSE)

El Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA)

El Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP)

¿Cómo funcionan?

Los fondos estructurales se vienen aplicando desde 1999 en base a una simplificación y descentralización de su gestión. Esto quiere decir que son los propios estados (junto con sus regiones y sus autoridades locales) las que definen sus estrategias de desarrollo y las que gestionan los fondos que se les destinan y la Unión Europea aprueba estas estrategias para que se integren en una dimensión comunitaria y realiza el seguimiento y control de los gastos realizados en el marco de estas estrategias.

Los fondos estructurales se implementan a través de la financiación de las estrategias de las zonas objetivo prioritarias que define la Unión Europea y a través de ciertas iniciativas comunitarias diseñadas con diferentes objetivos y se programan por períodos presupuestarios de 6 años de duración.

Las zonas prioritarias que define la Unión Europea son:

Zonas Objetivo 1: son las regiones menos desarrolladas, cuyo PIB medio por habitante es inferior al 75% de la media de la Unión Europea, las regiones ultraperiféricas y las zonas incluidas a raíz del Acta de Adhesión de Austria, Finlandia y Suecia.

Zonas Objetivo 2: son las regiones con dificultades estructurales diferentes de las cubiertas por el objetivo 1, como problemas de diversificación económica, zonas rurales en declive, zonas en crisis dependientes de la pesca y áreas urbanas con dificultades.

Zonas Objetivo 3: estas actuaciones se definen en base a un criterio temático y su objetivo es modernizar la formación y el empleo en todas las regiones, excepto las cubiertas por zonas objetivo 1.

Además, se ha creado un régimen transitorio para las regiones que eran subvencionables en el período 1994-1999 y que ya no lo son en el nuevo período y se incluyen intervenciones del IFOP fuera de las regiones objetivo 1.

Las estrategias de desarrollo de los países o un grupo de regiones de un país, que pueda optar al objetivo 1, se implementan a través de marco comunitario de apoyo (MCA) que se desarrollan mediante programas operativos (PO). El MCA describe el contexto socioeconómico del país o de las regiones objetivo de los Fondos Estructurales, presenta las prioridades de desarrollo y los objetivos, y prevé sistemas de gestión financiera, de seguimiento, de evaluación y de control. El PO describe las prioridades de un MCA para una región determinada o un eje de desarrollo específico (transporte, formación, apoyo a empresas, etc.)Por otra parte, las estrategias de desarrollo en zonas objetivo 2 y 3 y las intervenciones de menos de 1.000 millones de euros en zonas objetivo 1 y de la pesca fuera de objetivo 1 se instrumentan a través de los documentos únicos de programación (DOCUP), que agrupan los elementos de un MCA y los de un PO.

Todos estos instrumentos de programación se componen de ejes prioritarios y de medidas, estas últimas sólo descritas de manera sintética. El conjunto de estos elementos diseña una estrategia de desarrollo, la cual deberá ser aplicada durante toda la duración del programa.

Dependiendo de su carácter específico, cada uno de los cuatro Fondos Estructurales podrá financiar determinados tipos de proyectos (véase "Operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales")

En cuanto a las iniciativas comunitarias son cuatro:

El Interreg III, que se destina a la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional y se financia con fondos FEDER

Leader Plus, que está dirigida al desarrollo rural y que cuenta con fondos FEOGA

Equal, que fomenta la lucha contra la discriminación y las desigualdades en el acceso al mercado laboral y dispone de fondos del FSE

Urban II, que favorece la revitalización económica y social de las ciudades y de las áreas periféricas urbanas en crisis.

La dotación total que se destinó al comienzo del período 2000-06 a los fondos estructurales para los 15 estados miembros es de 195.000 millones de euros.

¿Cuáles de estos programas en España financian iniciativas para la incorporación de las nuevas tecnologías y de la Sociedad de la Información?

En los Programas operativos de las regiones objetivo 1 y 2 existe una prioridad destinada a estos fines, si bien cada región define el objetivo y la implementación que quiere hacer de esta prioridad. El contenido general de los programas operativos se puede consultar en: http://europa.eu.int/comm/regional_policy/country/prordn/index_en.cfm

También se puede acceder a una información más exhaustiva y a los propios programas operativos a través de la página web de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial en http://www.dgfcyft.sepg.minhac.es/

En los programas operativos de las zonas objetivo 1 de Andalucía, Asturias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Murcia, Melilla y Valencia, las intervenciones referentes a la adaptación de nuevas tecnologías y/o sociedad de la información encajan en la prioridad 2 de “Sociedad basada en el conocimiento (Innovación, investigación y desarrollo y sociedad de la información)”.

La dotación total (incluida la financiación pública estatal y la privada) de esta prioridad de cada programa operativo y la parte de esa cifra que es aportada por la Unión Europea se recoge en el siguiente cuadro (en millones de euros):

RegiónDotación totalContribución UE

Andalucía

342,441

256,831

Asturias

45,101

28,971

Cantabria

38,486

17,96

Castilla La Mancha

59,037

41,326

Castilla y León

119,54

83,678

Extremadura

137,416

94,278

Galicia

171,573

128,68

Islas Canarias

119,536

85,377

Murcia

53,047

37,133

Melilla

0,451

0,338

Valencia

356,805

249,763

Por otra parte, esta misma prioridad “Sociedad basada en el conocimiento (Innovación, investigación y desarrollo y sociedad de la información)” existe en tercer lugar en los programas operativos de las zonas objetivo 2 de Aragón, Cataluña, Islas Baleares, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja.

La dotación total (incluida la financiación pública estatal y la privada) de esta prioridad de cada programa operativo y la parte de esa cifra que es aportada por la Unión Europea se recoge en el siguiente cuadro (en millones de euros):

RegiónDotación totalContribución UE

Aragón

213,029

104,863

Cataluña

775.17

384.432

Islas Baleares

50,736

24,897

Madrid

383.4

188.922

Navarra

59.108

29.095

País Vasco

433.604

213.604

La Rioja

28.914

14.226

¿Cómo se materializan estas ayudas?

Normalmente es la autoridad de gestión regional es la encargada de seleccionar a los beneficiarios preestablecidos para ciertas acciones contempladas en los documentos de programación y de informar a los promotores potenciales de los proyectos de la posibilidad de optar a una ayuda comunitaria a través de concursos o convocatorias públicas y la encargada de seleccionar los proyectos. No obstante, también se puede acceder a esta financiación mediante subvenciones globales o a través de la financiación de grandes proyectos.

La subvención global consiste en la asignación a un intermediario adecuado el desarrollo o la gestión de una parte de la programación con el correspondiente acuerdo de la autoridad de gestión, el estado miembro y la Comisión Europea. Esta modalidad se utiliza mayormente para iniciativas de desarrollo local.

Además, en cualquier momento del período de programación, los fondos pueden financiar gastos vinculados a grandes proyectos de coste total superior a 50 millones de euros. Estas subvenciones deben ser aprobadas por la Comisión Europea específicamente.

¿Qué cuantías se subvencionan al amparo de estos programas?

En general, la financiación de los fondos estructurales adopta la forma de subvenciones no reembolsables, aunque la reglamentación alienta igualmente a utilizar parte de las ayudas financieras comunitarias en modalidades que no sean de ayuda directa, como por ejemplo las ayudas reembolsables, las bonificaciones de los intereses o la participación en el capital de riesgo y, por ello, en estos casos, los límites previstos pueden incrementarse un 10%.

Los índices de participación de los Fondos no son iguales para todas las regiones, ni, en el seno de un mismo programa, para todas las medidas. De hecho, los índices varían según la región en que se inicie el proyecto, y concretamente, según el Objetivo al que esté acogida. Además, hay que tener en cuenta que los fondos estructurales no intervienen más que como complemento de las financiaciones nacionales o regionales.

Los límites generales de cofinanciación de los Fondos Estructurales son:

el 75% como máximo del coste total del proyecto en zonas objetivo 1

el 80% o el 85% en regiones de un Estado cubierto por el Fondo de Cohesión o en las regiones ultraperiféricas y en las islas periféricas griegas

el 50% como máximo del coste total del proyecto en zonas objetivo 2 y 3 y para actuaciones de pesca

Otros límites específicos a tener en cuenta se refieren a:

1. Inversiones en empresas:

el 35% como máximo del coste total en el objetivo 1

el 15% como máximo del coste total en el objetivo 2

2. Inversiones en infraestructuras generadoras de ingresos sustanciosos (es decir, los que suman al menos el 25% del coste total de la inversión):

el 40% del coste total en el objetivo 1, como máximo

el 50% del coste total en los Estados relacionados con el Fondo de Cohesión, como máximo

el 25% del coste total en el objetivo 2, como máximo

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Almudena Sánchez

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