Licencias administrativas más significativas para la puesta en marcha de una actividad económica

Para el ejercicio o instalación de determinadas actividades el emprendedor debe iniciar un camino ante la administración local para la solicitud y obtención de determinadas licencias para el ejercicio de la actividad.

Antonio Perea de Perea & Asociados Abogados, empresa colaboradora deEl Derecho Editores

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Resumen:

Al comenzar la actividad empresarial, todo emprendedor se plantea la cuestión de bajo que tipo personalidad jurídica llevar a cabo la actividad empresarial: autónomo, sociedad cooperativa, sociedad limitada, sociedad anónima, etc… una vez tomada esa decisión comienza una carrera de obstáculos ante todo tipo de órganos e instituciones: registro mercantil, notaria, hacienda estatal y autonómica…

Poner en marcha una empresa o un comercio es una de las labores más encomiables y sacrificadas que todo emprendedor afronta cuando decide iniciar un proyecto o idea empresarial que ha ido forjando.

Si se va a llevar a cabo la obra para la adecuación de un local o inmueble para el ejercicio de una actividad económica, por ejemplo, un bar, restaurante, un taller de reparación de vehículos..., el empresario o comerciante deberá solicitar ante la administración local la Licencia de Obras, ésta es la licencia municipal necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento. Para la solicitud de esta licencia se debe aportar al Ayuntamiento un proyecto técnico realizado por un arquitecto técnico o superior, así como un proyecto básico de instalación.

Por otro lado, está la Licencia de apertura, se trata de una licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Las actividades industriales, comerciales, de servicios, etc. se dividen en:

Inocuas (aquellas que no producen molestias ni daños).

Calificadas (aquellas que pueden resultar molestas, insalubres, nocivas o peligrosas)

La tramitación la licencia de apertura es distinta, ya que para aquellas actividades calificadas por la administración autonómica correspondiente como molestas, insalubres, nocivas…, deberá acompañarse con la solicitud una declaración de impacto medioambiental.

En el caso de un negocio que esté en marcha y funcionando, con Licencia de Apertura concedida por la administración local, y sea adquirido mediante compra o traspaso por otro empresario o comerciante, este último podrá solicitar el cambio de titularidad. Puede cambiarse mediante un acto comunicado, siempre y cuando el mismo se halle en funcionamiento o lo haya estado en los seis meses anteriores a la fecha en que se pretende realizar el cambio.

Asimismo, si un empresario adquiere un local, nave o negocio con una licencia de apertura en vigor para una determinada actividad, y desea realizar en dicha ubicación una actividad distinta, deberá solicitar ante el ayuntamiento correspondiente el cambio de actividad, mediante un acto comunicado, cuya tramitación y aprobación dependerá de la reglamentación de cada Ayuntamiento. Esta solicitud de cambio de actividad sólo podrá realizarse para aquellas actividades que son declaradas inocuas, si la actividad fuera de las declaradas tóxicas, molestas, insalubres…, habría que solicitar una nueva Licencia de Apertura, pues debe realizarse la declaración de impacto medioambiental.

En relación con el área medioambiental, la situación se complica de manera especial. La colección de autorizaciones y permisos que debe solicitar una empresa o comerciante para realizar una actividad de las consideradas contaminantes, insalubres o nocivas, es extensa.

Así tenemos las siguientes:

• Autorización ambiental integrada

• Evaluación del impacto ambiental

• Autorización de vertido de aguas residuales al Dominio Público marítimo terrestre

• Autorización de vertido de aguas residuales al Dominio Público Hidráulico

• Autorización de vertidos a sistemas públicos de saneamiento realizado directamente a colectores o instalaciones de depuración de competencia autonómica

• Autorización de vertido de aguas residuales a sistemas públicos de saneamiento de competencia municipal

• Autorización como productor de residuos peligrosos

• Autorización como pequeño productor de residuos peligrosos

• Autorización para actividades de gestión de residuos peligrosos

• Autorización de actividades de gestión de residuos no peligrosos (valorización y/o eliminación)

•Autorización para el transporte de residuos no peligrosos, y peligros (sin asumir la titularidad)

Los trámites y autorizaciones administrativas que una empresa o negocio debe realizar ante las diversas administraciones, estatal, autonómica y local, son cada vez más numerosos y cada vez ante más áreas diferentes de la Administración. No basta con abrir un local u oficina para comenzar a realizar la actividad, dependiendo del tipo de actividad, de su incidencia en diversas materias, como urbanismo, medioambiente, trabajo, aguas…, será obligatorio la solicitud de determinadas licencias, de lo contrario se corre el riesgo de recibir la imposición de una sanción o incluso del cierre y precinto de la actividad económica que se desarrolle.

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Antonio Perea, colaborador de El Derecho Editores

Antonio Perea

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