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La sociedad limitada nueva empresa, a la medida de las pymes

Conozca esta modalidad, su constitución, ventajas fiscales, características, capital mínimo… la idea, la pone usted.

Carmen Alonso, abogada especializada en Derecho Civil y Mercantil, del despacho Litis Consulting Jurídico, miembro de la red HISPAJURIS A.I.E .

Resumen

La Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) se crea como una especialidad dentro de la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). El fin de la citada Ley es facilitar y agilizar los trámites para la constitución de nuevas pequeñas y medianas empresas, abriendo la posibilidad de crear sociedades en un plazo de cuarenta y ocho horas. Esta nueva modalidad de sociedad mercantil incorpora algunos beneficios fiscales.

Constitución de la sociedad: en persona o a través de internet

Para ello, el texto legal ofrece la posibilidad de escoger entre la tradicional tramitación presencial o la novedosa tramitación telemática, que evitará al emprendedor que desee constituir una sociedad desplazamientos y costes. Lo primero que debe hacer el emprendedor a la hora de constituir una SLNE será obtener la reserva de la denominación social de la nueva empresa, que estará formada por los dos apellidos y nombre de uno de los socios fundadores y el llamado código alfanumérico ID-CIRCE, que podrá obtener a través del sitio web www.circe.es, creado por la Dirección General de Política de la Pyme, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, o acudiendo a alguno de los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT), cuya ubicación se puede consultar en la misma web; tras obtener el código hay que formalizar la reserva de la denominación social mediante un acceso directo al portal de Internet del Registro Mercantil.

Las características de la sociedad: capital mínimo, responsabilidad de los socios, órganos sociales y contabilidad

La Sociedad Limitada Nueva Empresa, al tratarse de una especialidad de la SRL, divide el capital en participaciones sociales, por lo que sus socios no responden personalmente de las deudas sociales; se establece un capital mínimo de 3.012 euros y un máximo de 120.202 euros. El número máximo de socios es de cinco, sin que se establezca un mínimo, por lo que una empresa unipersonal tendrá cabida en esta forma jurídica.

Otra característica de la SLNE es la extrema sencillez de sus órganos sociales, compuestos por una Junta General y un Órgano de Administración que podrá ser unipersonal o pluripersonal, facilitándose así el gobierno de la sociedad. Es de destacar también la simplicidad de los registros contables, de modo que se puede disponer de un modelo contable que se adapta a la realidad de las microempresas y que sirve como herramienta de gestión para dar cumplimiento a las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone en materia de información contable y fiscal.

Un objeto social muy amplio

Además, en la Sociedad Limitada Nueva empresa el objeto social es genérico, en la medida en que la Ley prevé un amplio abanico de actividades empresariales como posible objeto de la sociedad: agrícola, ganadera, forestal, pesquera, industrial, de construcción, comercial, turística, de transportes, de comunicaciones, de intermediación, de profesionales o de servicios en general; lo que evitará recurrir a la modificación de los estatutos.

Ventajas fiscales

Por último, es preciso resaltar una serie de ventajas fiscales, como la posibilidad de abrir una cuenta ahorro-empresa cuyos fondos deben destinarse a la constitución de una empresa con la forma jurídica de Sociedad Limitada Nueva Empresa, y cuyo régimen fiscal es similar al de la cuenta ahorro vivienda (devolución en el IRPF del 15% del importe depositado, con el límite de 9.000 euros anuales durante un plazo máximo de cuatro años).

Otra ventaja fiscal consiste en el aplazamiento, sin aportación de garantías, tanto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (por la modalidad de operaciones societarias derivadas de la constitución de la sociedad), durante el plazo de un año desde que se constituyó, como de las deudas tributarias del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los dos primeros períodos impositivos. También se establece la no obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades en las liquidaciones correspondientes a los dos períodos impositivos desde su constitución.

Conclusión

En definitiva, la Sociedad Limitada Nueva Empresa ofrece a los emprendedores que deseen crear una pequeña o mediana empresa una serie de ventajas, tanto en su forma de constitución como en su desarrollo, evitando engorrosos trámites administrativos y facilitando la creación de nuevas empresas en nuestro país, lo que ha propiciado la constitución de más de mil doscientas SLNE por el procedimiento telemático desde su implantación.

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